Afectados Por Swaps

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Afectados Por Swaps

Afectados por Swaps

Los swaps son contratos de permuta financiera entre dos partes en la que se acuerdan intercambiar flujos de caja futuros.

Los contratos de swap contienen descripciones sobre las monedas en que se harán los intercambios de flujos, las tasas de interés aplicables, así como una definición de las fechas en las que se hará cada intercambio y la fórmula que se utilizará para ese efecto.

Por lo tanto, en el momento de contratar una operación de estas características no se realiza ningún intercambio, sino que sólo se efectúa una promesa de permuta financiera futura, estableciéndose el importe teórico, el calendario de los pagos, así como la forma de cuantificar los mismos (tipo de referencia), la duración, etc.

Este tipo de contratos, conocidos como Swap, Clip Bankinter, Stockpyme o Cuota segura, entre otros, son anulables. Esta anulabilidad se debe a la existencia de un error cuando se prestó el consentimiento en la suscripción del contrato, dado que el cliente no contaba con la suficiente información en el momento en que se ofreció el producto, “complejo”, por la entidad financiera.

Así pues, existe una amplia jurisprudencia que declara la nulidad de los contratos swap entre las entidades financieras y el cliente (independientemente de que sea persona física o jurídica), por error en el consentimiento y dolo (art. 1265 y ss del CC) que tienen los efectos previstos en el art. 1303 del CC, por lo que obligan a los bancos a restituir las cantidades que ha cobrado indebidamente junto con los intereses legales que han devengado las mismas.

En YVANCOS & ABOGADOS consideramos que la vía judicial más eficaz para conseguir la restitución del precio pagado es la vía civil mediante demanda individual de nulidad, en un procedimiento que sería totalmente personalizado, a través de la presentación de una reclamación judicial en la que únicamente figuraría usted (y sus familiares, en su caso), cuya ventaja, entre otras, sería que probablemente obtendríamos una sentencia en un período más breve de tiempo.

GASTOS JUDICIALES Y HONORARIOS

PRESUPUESTO CERRADO SIN QUE TENGA QUE ABONAR NADA MÁS

Provisión de fondos de 400€, donde se incluye Procurador y asistencia letrada durante todo el proceso. En cuanto al porcentaje en concepto de honorarios sobre las cantidades recuperadas, éste se graduará según las circunstancias específicas de cada caso de acuerdo con el cliente.

En caso de que el Juez condene a la entidad bancaria a pagar las costas judiciales del procedimiento, serán ellos quienes deban abonar nuestros honorarios, es decir, no sólo no le cobraríamos porcentaje alguno, sino que además le devolveríamos la provisión de fondos; en otras palabras, le saldría totalmente “gratis” (esto es lo que ha venido sucediendo en el 99% de las reclamaciones judiciales que les hemos llevado a los afectados por las acciones de Bankia).

Para más información:

Puede ponerse en contacto con nosotros, llamando a los teléfonos 96 120 45 40 ó 91 357 13 93, o, si lo prefiere, también puede enviarnos un email a info@yvancosabogados.com

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