¿Qué es un Plan de Prevención de Riesgo Penales?
A raíz de la internacionalización del mundo empresarial, toda la normativa a cumplir se ha disparado y no somos capaces de abarcar toda la legislación a tener en cuenta, tal como se comenta en este artículo de El Economista.
Si a eso añadimos que, desde la reforma del Código Penal en 2010, las empresas también son responsables: “De los delitos cometidos por trabajadores en el ejercicio de actividades sociales, y por cuenta y en provecho propio o para la empresa, cuando no se haya ejercido sobre ellos la debida supervisión, vigilancia y control”, según señala su artículo 31 bis; cualquier ayuda que podamos encontrar nos vendrá como “caída del cielo”.
En este sentido, se puede contratar un Plan de Prevención de Riesgos Penales con nuestro Despacho de Abogados llamando a nuestro número de teléfono o poniéndose en contacto con nosotros para que le llamemos.
¿En qué consiste este Plan?
Consiste en implantar un sistema de vigilancia, supervisión y control en el que se puedan:
- Identificar los riesgos a que está sometida la empresa.
- Prevenirlos.
- Controlar la efectividad del plan.
- Resolver cualquier problema debido al incumplimiento.
- Y asesorar a directivos y trabajadores para que reciban la información necesaria sobre las normas a seguir.
Consecuencias negativas de no contar con ek servicio de Compliance en tu empresa
Desde una multa económica hasta la prohibición definitiva de de realizar en el futuro las actividades en cuyo ejercicio se haya cometido, favorecido o encubierto un delito pueden ser los perjuicios de la implicación en la empresa por la mala actuación de un trabajador, por el contrario, podría librarse de la imputación penal con la presentación de este Plan ante un juzgado, ya que vendría a justificar la diligencia en las actuaciones de la empresa por cumplir con la normativa.
Un juez puede entender que, en una empresa grande, ni el gerente puede estar al tanto de todo pero suple esa deficiencia poniendo los medios que están a su disposición.