El Popular condenado por engañar a uno de sus clientes

Podemos ayudarle

Responsable: YVANCOS ABOGADOS S.L.
Finalidad: Obtención de tu consentimiento para responder a las cuestiones que nos planteas y solicitarnos reserva a través de nuestro formulario de contacto.
Legitimación: Consentimiento del interesado.
Destinatarios: No se cederán datos a terceros, salvo obligación legal.
Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, como se explica en la información adicional.
Información adicional: Puedes consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos

AFECTADOS popularz1Un Juzgado de Valladolid ha condenado al Banco Popular por engañar a uno de sus clientes —un constructor— que perdió 1,5 millones de euros tras invertir en productos de riesgo.

Según recoge CrónicaGlobal.com, el Juez señala en su Fallo que la entidad “engatusó” a un constructor para que invirtiera en productos de riesgo, después de haberle concedido un préstamo para tal fin.

Los hechos ocurrieron en el año 2012 en Medina del Campo (Valladolid), cuando el director de la oficina del Popular en dicha localidad contactó con uno de sus mejores clientes, Alfredo V. S —propietario de la constructora Villaescusa S.A— con la intención de ofrecerle una “operación rentable“.

A pesar de ser empresario, el constructor no tenía cualificación académica. Su estatus lo había alcanzado, como muchos españoles, a base de trabajo y voluntad; así es como consiguió levantar su empresa.

La oferta consistía en una operación de rentabilidad asegurada” cuyo principal requisito era que el cliente contratase un préstamo de 1,5 millones de euros. Posteriormente, la entidad invertiría el dinero del préstamo en productos financieros.

No obstante, el empresario no mordió el anzuelo en esa primera ocasión (cosa que podía haber sucedido perfectamente); es más, se negó a realizar la operación hasta en diez ocasiones. Sin embargo la insistencia del director de la sucursal acabó por doblegar la voluntad de Alfredo, quien acabó por firmar los contratos sin que se efectuase lectura alguna de ellos, sin que el firmante los hubiera visto o leído, y sin que las partes se hubieran reunido a tal efecto como resulta preceptivo”, conforme refleja la demanda judicial interpuesta.

Auto-préstamo

Al firmar el cliente la solicitud, el Popular (Popular Banca Privada SA) en realidad lo que estaba haciendo era auto-concederse un préstamo. Es decir, el montante del préstamo de algún modo iba a parar al propio banco, quien posteriormente lo emplearía con el propósito de realizar operaciones de elevado riesgo.

A pesar de que en los primeros ejercicios daba la impresión de que, efectivamente, se obtenía cierta rentabilidad, de manera súbita, el capital acabó por desvanecerse. El cliente, desconcertado y movido por la desesperación, se vio nuevamente inducido por la entidad a solicitar un nuevo crédito para tapar el anterior (de 1,5 millones), que se había volatilizado “por culpa del mercado”.

Embaucado por su banco

Al final Alfredo cogió el toro por los cuernos y presentó una demanda en los Juzgados de Valladolid reclamando la nulidad de todos los contratos, además de exigir responsabilidades a aquellos que “con crueldad” le engañaron.

Según denuncia el demandante:

[note note_color=”#eaeaea” radius=”2″]”El banco gana con el producto financiero, gana con sus comisiones y gana con la aplicación del modelo concreto de inversión; el banco gana prestando un millón y medio de euros. El banco gana colocándole un swap o seguro respecto de ese préstamo. Por si fuera poco, el banco pretende ganar intentándole vender, ahora, otro producto de préstamo hipotecario para ‘sujetar’ la situación provocada por ellos y, lo más grave, la contraprestación de la pérdida es el beneficio de la entidad, que es la que después le entrega, en compensación, acciones infravaloradas”.[/note]

El Juzgado de Primera Instancia número 7 de Valladolid ha anulado las operaciones financieras realizadas, ordenando además a que se repare económicamente al denunciante. Asimismo, ha condenado a la entidad al pago de las costas judiciales.

[note note_color=”#cce4f9″ radius=”2″]
También le puede interesar:

La CNMV se pone del lado de los afectados por el Banco Popular

El Popular condenado por sus Bonos Convertibles en Acciones

Afectados Banco Popular

Pérdidas cercanas al 81% en los bonos convertibles del Banco Popular

Qué hacer si compró bonos convertibles del Popular

Popular, Sabadell y CaixaBank devolverán hasta 960 millones por cláusula suelo

[/note]

Scroll al inicio
× ¿Cómo podemos ayudarte?