Los intereses legales por reclamaciones judiciales pertenecen al afectado

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No dejes que nadie se quede con un dinero que es tuyo.

Toda reclamación de cantidad lleva aparejada siempre unos intereses, que son parte de la deuda, que deben ser reclamados expresamente junto con el principal, y que el cliente tiene derecho a percibir. Es más, pese a no ser la práctica habitual para muchos profesionales, cualquier letrado debería velar porque así se cobrara; nosotros lo hacemos.

Estos intereses constituyen un tipo porcentual, fijado legalmente, que se destina a calcular el montante de la indemnización por daños y perjuicios o, dicho de otra manera, sería el equivalente a un recargo o penalización por el retraso en un incumplimiento dinerario.

Para poder determinarlos hay que proceder a cuantificar el principal, lo que exige justificar todos los datos necesarios para efectuar su liquidación. Por su parte, la liquidación tiene que estar vencida, es decir, incumplida en su debido tiempo.

Asimismo, en cierta medida, dependerá del criterio del juzgador desde cuándo han de calcularse:[note note_color=”#cce4f9″ radius=”2″]

  1. Desde el momento en el que se perdió ese dinero (por ejemplo, a partir del día en el que la “inversión” fue realizada).
  2. O bien desde que la reclamación fue iniciada.

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En todo caso, el interés estará determinado siempre por una norma jurídica con rango de Ley, aplicable cuando no exista un pacto expreso –en otro sentido– concertado entre las partes, o en ausencia de otra norma jurídica más adecuada al caso.

Ejemplo de su funcionamiento

Los intereses legales por reclamaciones judiciales pertenecen al afectadoSupongamos que un cliente fue embaucado para invertir 230.000 euros en preferentes el 14 de Mayo del 2009.

Pocos años después, una vez que el preferentista se ha dado cuenta del “engaño”, decide demandar a la entidad, obteniendo Sentencia favorable el 5 de Febrero de 2016.

Entonces, el Fallo Judicial obligará al demandado no sólo a devolver el principal (230.000 euros minorados en los rendimientos que el producto hubiese proporcionado al actor desde su adquisición), sino que, además, tendrá que abonar al cliente los intereses legales correspondientes, es decir 63.603,43 euros.

Pero ahí no acaba la cosa: una vez publicada la Sentencia, mientras la parte obligada al pago no cumpla con su obligación, se devengarán intereses judiciales (el interés legal incrementado en dos puntos) día a día, hasta que la deuda quede íntegramente liquidada (considerando que esa deuda incluye el principal más los intereses conforme al criterio explicado). En nuestro ejemplo, hemos supuesto que el banco hace el ingreso el 19 de mayo de 2016, pero, conforme no lo haga, la cuantía irá incrementándose con el paso del tiempo.

Como vemos, estos intereses –por lo general muy superiores al precio oficial del dinero establecido por el BCEconstituyen una suma que necesariamente también debe tenerse en cuenta.

Tipos de interés en la Eurozona

Los intereses legales por reclamaciones judiciales pertenecen al afectado
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