Más de 2.400 euros recuperados, por ser declaradas abusivas algunas cláusulas hipotecarias
Unos clientes vuelven a obtener la razón, tras recurrir el banco la primera sentencia que lo condenaba. La Sección 3ª de la AP de Castelló, ha corroborado la sentencia impuesta por los juzgados de 1ª instancia, en cuanto a algunas cláusulas abusivas de la hipoteca. Ha declarado la sentencia favorable para los clientes, de nuevo. 2-0.
Conceptos de Gastos Hipotecarios recuperados | Total en euros por conceptos |
Comisión de apertura (1% préstamo) | 1.434,44 € |
Gastos notariales | 373,26€ |
Inscripción Registral | 126,89 € |
Gastos de Tasación | 209,68€ |
Gastos de Gestoría | 230€ |
Los gastos hipotecarios devueltos en la sentencia
- El fallo confirma la declaración de nulidad, por abusiva, de la cláusula de Comisión de Apertura. Condena al banco a devolverles 1.434,44 euros (el 1% del préstamo) a los clientes.
Ni «ha aportado el folleto informativo o la oferta vinculante que debió entregar, ni ha acreditado qué trabajos, gestiones o averiguaciones llevó a cabo para la verificación de la solvencia de los prestatarios, que justifiquen el cargo”. Esto es lo que ha estimado la Sala en la sentencia.Entienden que es la entidad la que tiene que demostrar que informó a los clientes de este gasto.
Artículo 5.5, Ley 2/2009 de 31 de enero “Sólo podrán percibirse comisiones o repercutirse gastos por servicios solicitados en firme o aceptados expresamente en firme o aceptados expresamente por el cliente y siempre que respondan a servicios efectivamente prestados o gastos habidos”.
- También obliga al banco a devolver parte de los gastos notariales, de inscripción registral y de tasación, actuando conforme declaró el Tribunal Supremo. Recuperarán 373,26 euros por un lado, 169,89 por otro lado y 209,68 euros de parte de los gastos de tasación.
El TS no respalda el hecho de que los bancos hagan pagar todos los gastos hipotecarios al cliente únicamente: Esto es abusivo.
- No nos olvidemos de los gastos de gestoría, que también pagaron los clientes íntegramente. Por este concepto son 230 euros.
La Audiencia sigue actuando como lo están haciendo el resto de Tribunales. Sentencia tras sentencia, actúan a favor del cliente hipotecario en cuanto al reparto del pago de estos gastos. ¿Por qué? Porque es abusivo cargar con la totalidad de los gastos sólo a una de las partes.
Esta sentencia no deja de confirmar lo que ya venimos contándoles.
Los Tribunales están reconociendo la abusividad impuesta por los bancos. El hecho de que un profesional negocie con un lego en la materia o de que esta persona tenga necesidad de firmar el contrato, no le da derecho a abusar de él.