Respecto la reclamación de gastos de hipoteca y su prescripción

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Desde Yvancos Abogados consideramos prudente proceder con la reclamación de gastos de hipoteca con anterior el 24 de enero 2024.

Según la normativa la nulidad de la cláusula al ser absoluta es imprescriptible, pero respecto a la devolución de las cantidades si se considera un plazo de prescripción de cinco años, pero la controversia es desde que fecha se debe contar ese plazo.

El Tribunal Supremo elevó una consulta al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para preguntar cuándo se inicia el computo del plazo de prescripción, pero todavía no se ha pronunciado, con lo que hay diversas interpretaciones:

Sin embargo, desde el punto de vista de Yvancos Abogados, salvo que el TJUE se pronuncie en sentido contrario, es importante considerar el plazo de cinco años, el más prudente, el cual empieza a computar desde el día en que el Tribunal Supremo estableció que las cláusulas que atribuían que al consumidor el pago de todos los gastos del contrato era abusivas y fijó el criterio de como debían distribuirse los gastos, o sea, el 23 de enero de 2019. Por tanto, el plazo para reclamar finalizaría el día 24 de enero de 2024.

Cabe destacar que hay varias Audiencia Provinciales que consideran que el plazo de cinco años tendrá que empezar a computar desde la declaración de nulidad de la clausula es decir que concretamente tampoco la acción de devolución de cantidad no tendría plazo de prescripción.

 

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