La Audiencia Provincial de Cantabria también concede la Tasación en la devolución por Gastos Hipotecarios

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La Sala de Apelación confirma las sentencias de primera instancia, obligando a los bancos recurrentes a devolver los gastos de Notaría, Registro, Gestoría y Tasación asociados a las hipotecas de los demandantes.

Gastos Hipotecarios Yvancos Abogados

Poco a poco parece que la polémica suscitada sobre quién debía hacerse cargo de los gastos de tasación de la hipoteca se va despejando. Esta vez ha sido la Audiencia Provincial de Cantabria quien confirma el criterio de que sea el banco quien los asuma.

Como ya se ha señalado en infinidad de ocasiones, una cláusula, cual es la de gastos hipotecarios, dispuesta y predispuesta por la entidad financiera, que atribuye de forma abusiva al consumidor el pago de todos los gastos de la hipoteca es nula de pleno derecho.

Como consecuencia de lo anterior, la estipulación ha de tenerse como no puesta en el contrato y, nuevamente en consecuencia, el banco debe proceder a la restitución de los importes vinculados a la misma.

Por eso, cuando un banco nos impone el abono de los gastos hipotecarios, a saber, Notaría, Registro, Gestoría, Tasación y una parte mínima del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, tenemos derecho a reclamar que se nos devuelvan.

En el caso enjuiciado por la Audiencia, lo único que se hace es ratificar las sentencias previas de primera instancia de los Juzgados N.º 3 y 8 de Santander, donde ya se condenó respectivamente tanto al Banco Ceiss (Caja-España) como a Liberbank (Caja-Cantabria)

Los Intereses Legales

Muchas veces el sector bancario juega con la baza de que el consumidor no les demande, porque la cuantía que se reclama no resulta excesivamente alta.

Sin embargo, no debemos olvidar que a dicha cantidad hay que sumarle los intereses legales, los cuales pueden suponer, en ocasiones, más del 50% del importe que se reclama, especialmente si se trata de una hipoteca antigua.

Proceso de reclamación sencillo

El proceso de reclamación, aparte de resultar sencillo y económico para el demandante, no requiere de su presencia durante el juicio, puesto que la abusividad de los gastos hipotecarios, a diferencia de otras cláusulas, no está relacionada directamente con la falta de transparencia.

Para más información: 96 120 45 40. Cobertura en toda España.

 

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