El Alquiler como alternativa al infierno fiscal de la vivienda en España

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El mercado del alquiler se muestra como la opción más rentable desde el punto de vista fiscal y económico.

Impuestos sobre la vivienda en España. Yvancos Abogados
Impuestos sobre la vivienda en España.

Comprar una casa conlleva un gran sacrificio para el inversor medio, y por eso, desde Yvancos Abogados queremos ponérselo un poco más fácil. Para ello ponemos a disposición de los particulares que deseen invertir en vivienda, sin complicaciones, nuestras Agrupaciones de inversores inmobiliarios.

Mediante la Agrupación no sólo conseguimos reducir los costes aprovechando las economías de escala que genera la sociedad, sino maximizar el rendimiento de los inmuebles por medio de su explotación a través del alquiler, un mercado seguro y al alza.

Las ventajas fiscales del alquiler

Los alquileres suponen un verdadero oasis fiscal, puesto que el 60% de los rendimientos están exentos de tributación, siendo posible además descontarse todos los gastos asociados al 40% restante.

Por otro lado tenemos el mercado de la compraventa de viviendas, un mercado en el que merece la pena invertir (de hecho es lo que hacemos), pero que, en contraposición con el alquiler, supone un infierno fiscal, sobre todo fuera del paraguas que proporciona la Agrupación.

¿Cuáles son los impuestos asociados a la compraventa de vivienda para un inversor individual?

  • Impuesto de Transmisiones Patrimoniales Onerosas. Oscila entre el 2,5% y el 11% dependiendo de la comunidad autónoma en que nos encontremos.
  • Impuesto sobre el Valor Añadido. En este caso, si se trata de viviendas de protección oficial, de régimen especial, o de promoción pública, se aplica el 4%. Para el resto de los casos, se aplica el 10%.
  • Actos Jurídicos Documentados. En las compraventas, se mueve entre el 0,2% y el 0,75%, mientras que en las hipotecas los tipos impositivos varían entre el 0,5% y el 1,5% sobre el valor escriturado.
  • Impuesto sobre bienes Inmuebles. El tributo local por excelencia. Ha de pagarse todos los años y su importe depende trascendentalmente del valor catastral asignado al inmueble en cuestión.
  • Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía Municipal). Al igual que el anterior, es un tributo local exigido por los ayuntamientos siempre que se produzca la transmisión de un inmueble (ya sea como consecuencia de una compraventa, por herencia o por una donación).
  • Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF). Aunque hay determinadas exenciones, normalmente, tras las últimas reformas fiscales, supone el 20% de la diferencia entre el precio de compra y el de venta.
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