La banca española a Juicio ante el TJUE por incluir IRPH en sus hipotecas

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Arranca el juicio por IRPH ante la máxima autoridad judicial de la Unión Europea. Cada afectado podrá reclamar a su entidad una media de 20.000 euros.

IRPH 27 FEB 2019Por fin más de un millón de afectados por IRPH –ese índice de referencia que muchos bancos españoles colocaron en las hipotecas a tipo variable en lugar del Euribor— podrán saber si tienen derecho a que su entidad les devuelva una media de 20.000 euros por esta cláusula envenenada.

Efectivamente, tal y como ha indicado la Comisión Europea, los bancos españoles no informaron sobre las posibles alternativas, como el Euríbor, hasta 2013, ni del sobrecoste que suponía para el hipotecante o prestatario optar por esta opción (aproximadamente, dependiendo de la hipoteca, 150 euros más al mes).

Así, según el Ejecutivo comunitario, las entidades financieras no informaban sobre las posibles evoluciones de dicho Índice, ni del sobrecoste que podía suponer para el prestatario. De hecho, los clientes jamás tuvieron a su disposición todos los datos de manera transparente, tal y como requiere la Legislación Europea.

El IRPH ya no se comercializa

Ante el escándalo, en la actualidad ningún banco osa incluir IRPH en sus hipotecas (es como si a día de hoy volviesen a comercializar preferentes).

Sin embargo, hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) no se pronuncie, el IRPH sigue vigente (ante la permisibilidad del Banco de España y del Tribunal Supremo quienes, aparentemente, hasta la fecha han preferido “mirar hacia otro lado”).

Las decisiones del TJUE prevalecen

A diferencia de lo que sucede con las Resoluciones del Supremo, las Sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea son de obligado cumplimiento para el Juez Nacional (no es posible disentir de las mismas). Y tampoco son “interpretables” (ojo con esto).

Por tanto, si el Alto Tribunal establece la abusividad de este índice, los afectados podrán reclamar con todas las garantías, independientemente de lo que otros Tribunales hayan sostenido con anterioridad.

Nunca viene con esa denominación

No busquen las siglas IRPH en sus hipotecas. Nunca viene con esa denominación, sino que generalmente suele aparecer como “tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para la adquisición de vivienda, concedidos por el conjunto de entidades (o bancos o cajas)”.

No obstante, en los recibos sí que puede figurar –en ocasiones– las siglas IRPH.

¿Cuándo se pronunciará el Tribunal?

Aunque el Juicio ya ha dado comienzo, el Fallo no se producirá hasta junio de 2019 como muy pronto; si bien, lo más probable, es que el proceso se alargue hasta septiembre.

Hasta entonces, recomendamos que como mínimo se suspenda cautelarmente su aplicación y, especialmente, que los afectados no se dejen engañar con los más que previsibles acuerdos trampa que les pueda ofrecer su banco o entidad antes de pronunciamiento (como ya ocurrió en su día con las cláusulas suelo).

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