La apertura de juicio oral por el caso Pescanova da comienzo. Si eres uno de los accionistas afectados contacta con nosotros sin compromiso. Trabajamos en toda España.
Por fin se ha iniciado el juicio oral del caso Pescanova, cuya instrucción ha durado casi 7 años. El juicio va a ser largo, pues hay previstas sesiones para este mes de diciembre, y los meses de enero, febrero y marzo del año que viene.
Resúmenes de las sesiones celebradas
Intervenciones defensa:
1) Se oponen a la acusa de Insolvencia Punible – la defensa de Manuel Fernández de Sousa expone que los escritos de acusación presentados en su contra contenían hechos presuntamente delictivos que no se habían exhibido antes, por ese motivo, pide la anulación del auto en el que se dictó la apertura de juicio oral y volver a la fase de instrucción.
2) Nulidad Auto de apertura Juicio – la defensa pide que sean citados los bancos por responsabilidad civil, según la defensa las entidades se habrían «lucrado» provechando la difícil situación de la entidad previa a la declaración de quiebra y esos beneficios deberían servir para compensar la responsabilidad civil fijada en una eventual condena. Considerando los interese cobrados de parte de los bancos están los elementos para declarar dichos contratos de crédito nulos considerando entonces abusivos los intereses que han sido pagados, que han sido estimados cerca de los 405 Mills. de euros.
3) Nueva Pescanova tendería que responder económicamente por responsabilidad civil – Siendo que Abanca (ex Caixa Galicia) ha comprado a los tres fondos (Luxempar, Adelta y Silicon) las acciones de la entidad obteniendo un lucro indebido y siendo accionista ahora al 40% de Nueva Pescanova. También siendo que la actividad de Pescanova se ha traslado a la Nueva, se pide responsabilidad civil directa.
4) Minoristas – la defensa considera que los inversores que compraron acciones entre el 4 y el 12 de marzo 2012 testaban al tanto de la situación de la entidad, considerando que el día 28 de febrero no se aprobó el balance consolidado del grupo. Considera también que los minoristas que compraron antes del año 2009 Intervención.
Fiscalía:
1) A quedado demostrado que no hay límite en la posibilidad de presentar nuevos hechos en el caso de un procedimiento penal, La Fiscalía atribuye a Sousa la comisión de dichos delitos, ha pedido al tribunal que rechace la pretensión y siga adelante con el juicio
2) El fiscal ha añadido que los bancos quedaron sin cobrar 3.000 millones y que son verdaderos perjudicados. Los bancos no sabían la verdadera situación de insolvencia de Pescanova. Decir que banca es beneficiaria de estos hechos y que debe comparecer para deshacer operaciones financieras y reembolsar es desconocer que estafa que se imputa es por haber engañado a los bancos sobre la solvencia, por haber presentado facturas de operaciones que no existían y por permitir que dieran créditos a una entidad en quiebra que lo ocultaba.
3) La Fiscalía se opone también a la posibilidad que Nueva Pescanova sea llamada a pagar por una supuesta responsabilidad civil, alega que no fue una sustitución de una sociedad por otra la creación de Nueva Pescanova, sino que en la actualidad la vieja Pescanova corresponde a una mínima parte de la actividad relacionada con la nueva sociedad. Podría reclamarse a Nueva Pescanova en el futuro en otro procedimiento
4) Los minoristas no se podían considerar al día de la real situación de la empresa, siendo que (sobre los inversores del 4-12 marzo) la empresa estaba en una fase de preconcurso entonces de renegociación de su pasivo y no era una declarada situación de insolvencia. Se detectan discrepancias entre los balances presentados a los bancos y al CNMV que no permitía conocer la situación verdadera tampoco a estas dos entidades siendo que la información facilitada resultó ser falsa que se traduce en delitos de falseamiento de cuentas, falseamiento de información económica y financiera, falsedad en documento mercantil, estafa, insolvencia punible, alzamiento de bienes, uso de información relevante e impedimento de actuación del organismo supervisor.