Tarjeta de credito con 16,08 % de TAE, es usura según el Tribunal Supremo

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El pasado 17 de octubre el Tribunal Supremo notificó una nueva sentencia sobre las tarjetas revolving, en la que determinaba la nulidad por usurario de un producto de este tipo cuyo año de contratación fue 2006 y contenía una Tasa Anual Equivalente del 16,08%.

Este pronunciamiento contrasta con el que tuvo lugar a principios del mes de octubre por el mismo Tribunal, resaltaba que este tipo de créditos con un TAE de entre 23% y 26% no suponen usura.

El eje central del fallo expuesto por la Sala Civil del Tribunal Supremo de este lunes 17/10/2022, se sitúa en la comparativa entre ese 16% TAE y el 7,75% correspondiente al interés medio de los créditos al consumo. Porcentaje empleado para contrastar ambas tasas, puesto que en el año 2006 aún no se tenía la información sobre estas operaciones “revolving” y su tipo medio para tener de referencia.

Con esta sentencia del Tribunal Supremo ya han comenzado a desestimarse recursos interpuestos por las entidades financieras, lo que supone una buena señal para todos aquellos consumidores que hayan reclamado la nulidad de sus tarjetas revolving.

 

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