Tarjetas de Crédito

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Afectados por Tarjetas de Crédito usurarias y Préstamos Rápidos al Consumo

La gran mayoría de créditos, microcréditos y tarjetas llevan aparejados intereses abusivos que podemos anular, con la consiguiente devolución de los mismos para nuestros defendidos. Deja que analicemos tu caso.

PROCEDIMIENTO

Interposición de burofax solicitando:

1) La nulidad del contrato, por interés usurario y cláusulas abusivas, lo que conlleva a que esté obligado sólo al pago del capital efectivamente prestado o dispuesto (sin intereses)*. Así, en caso de que haya pagado, a través de las cuotas cobradas, por todos los conceptos, mayor cuantía de la efectivamente prestada o dispuesta, se le tendrá que devolver dicho exceso.

2) El contrato de crédito, debidamente firmado por el cliente.

3) Los ficheros de movimientos según la Norma o Cuaderno 43, en los que viene recogido el histórico de todos movimientos del citado crédito (Dicho Fichero/Cuaderno, elaborado por el Comité Técnico Interbancario, en su primera versión de mayo de 1982, y aprobada por el Pleno del Consejo Superior Bancario en su reunión del día 28 de abril de 1986 (Circular del Consejo Superior Bancario núm. 31/86 del 12 de mayo de 1986), es de utilización aplicada a toda la Banca por Circular núm. 12/82 de 27de febrero de 1982 del Consejo Superior Bancario, y está a disposición del cliente que así lo solicite y/o reclame.)

4) Liquidación detallada por la que se resten todas las cantidades abonadas por dicho crédito y todas las cantidades dispuestas.

PLAZOS

La entidad tiene un plazo máximo de 2 meses para contestar.

En caso de respuesta negativa, o silencio. Interposición de Demanda ante el Juzgado de Primera Instancia del domicilio del demandante. (consumidor/usuario).

 

¿Qué conlleva la anulación del contrato?

La entidad tendrá que restar al capital realmente prestado, todos los demás cargos efectuados durante la vida del producto, es decir, los intereses remuneratorios (ordinarios) y moratorios (por impago), las comisiones, las cuotas anuales, los seguros, las penalizaciones, etc.

Supongamos que tenemos nuestra tarjeta revolving desde hace 10 años, la cual tiene una TAE del 24% y que la hemos utilizado para realizar compras o gastos aplazados por un total de 4.500 €. Y tenemos establecido el pago de la cuota mensual en 100 €

Estos 4.500 € serían el capital realmente prestado (el principal). Pero la entidad nos ha estado cobrando, además de la amortización mensual correspondiente a dicho principal, los intereses remuneratorios (ordinarios) correspondientes a dicha TAE del 24 %, dando un resultado total de 7.127 €.

Pero además, al no pagar las cuotas a tiempo, nos han aplicado comisiones o penalizaciones por mora, por un total de 630 €.

Por otro lado, hemos tenido contratado un seguro de protección de pagos, con una cuota mensual de 18 €, por lo que llevamos pagados por este concepto 2.610 €.

Además la entidad nos cobra una cuota anual de 20 €, ascendiendo la cuantía abonada hasta la fecha a 200€.

Por lo que llevamos abonados un total de 12.000 €, y según la entidad aun le debemos 2.617€

Pues bien, una vez anulado el contrato, la entidad tendrá que devolvernos la diferencia entre los 12.000 € que llevamos pagados, y los 4.500 € que realmente nos prestó. Por lo que tiene que devolvernos 7.500 €, y por supuesto, al anular el contrato, esos 2.617 € que dice que aún le adeudamos, quedan también anulados.

JURISPRUDENCIA

– STS Sentencia 149/2020, de 4 de marzo. Recurso (CAS) 4813/2019. El Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por Wizink Bank , sin embargo, se declara el carácter usurario del interés establecido por parte de la entidad gestora de la tarjeta.

– STS 4810/2015. Nº Sentencia 628/2015. El Tribunal Supremo declarando de usura el tipo de interés de un préstamo personal revolving.

– Sentencia del Juzgado de Primera Instancia de Grado. Nº sentencia 27/2018, del 27 de marzo de 2018. Wizink condenada a devolver todo lo cobrado de más en una tarjeta de crédito, declarándose nulo el contrato.

– Sentencia del Juzgado de Primera Instancia, número 2 de Cerdanyola del Vallés. Nº sentencia 18/2018, del 9 de febrero de 2018. Wizink condenada a devolver 10.320,96 euros al anularse el contrato de una tarjeta por intereses abusivos del 26,82 % TAE.

* En el caso de que tampoco puedas pagar el principal, puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad.

 

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